¿Cuánto tiempo tarda la devolución de IVA extranjero?
Normalmente dentro de cuatro meses, en algunos casos más
El país de devolución adopta en la mayoría de los casos una decisión sobre la devolución dentro de cuatro meses después de recibir la solicitud. Este plazo comienza a correr cuando la solicitud llega completa al país de devolución, no cuando se presenta a través del portal neerlandés. Si no se solicita información adicional y la solicitud es correcta, normalmente la decisión se toma dentro de esos cuatro meses.
Si el país de devolución solicita información complementaria —por ejemplo, una aclaración adicional sobre una partida de costes o un documento de prueba complementario—, el plazo total puede extenderse hasta ocho meses después de la presentación original. Después de la decisión, sigue el pago, que es un momento aparte: el país de devolución paga dentro de diez días hábiles después de que haya transcurrido el plazo de decisión o después de que se haya adoptado la resolución. El tiempo que transcurre en la práctica entre la presentación y el dinero en la cuenta depende, por tanto, de si hay preguntas adicionales y de la rapidez con que se responda a ellas. Una cantidad de devolución indicada sigue siendo una indicación hasta ese pago: solo la decisión del país de devolución la hace definitiva.
En qué se basa esto: artículos 19, 21 y 22 de la Directiva 2008/9
La Directiva 2008/9/CE del Consejo regula explícitamente estos plazos. El artículo 19 dispone que el país de devolución notifique al solicitante su decisión dentro de cuatro meses después de recibir la solicitud. El artículo 21 prevé la posibilidad de que el país de devolución solicite datos complementarios, lo que puede extender el plazo máximo de decisión a ocho meses después de la presentación. El artículo 22 regula seguidamente el pago: este se realiza dentro de diez días hábiles después del vencimiento del plazo de decisión aplicable. La Administración Tributaria remite en su página sobre solicitud de devolución de IVA de otros Estados miembros de la UE a la misma
En qué se basa esto
- Directiva 2008/9/CE del Consejo (devolución del IVA a sujetos pasivos no establecidos)
- Administración Tributaria — Solicitud de devolución de IVA de otros Estados miembros de la UE
La Directiva 2008/9/CE está disponible en EUR-Lex y la lista de Requisitos la publica la Belastingdienst. Citamos por afirmación; no tiene que creer nuestra palabra.
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Escrito con IA sobre la base de las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-08-18. ¿Hay algo incorrecto? Déjenos saber — las correcciones tienen prioridad.