¿Qué es el IVA extranjero?
El IVA extranjero queda fuera de la declaración holandesa
El IVA extranjero es el impuesto sobre el volumen de negocios que un empresario holandés paga por gastos comerciales en otro país de la UE: combustible, una noche de hotel, peaje, un stand ferial o una comida de negocios. Ese IVA se recauda según el tipo de IVA y las normas de IVA del país donde se realiza el gasto, no según las normas holandesas. Por eso ese importe no tiene cabida en la declaración de IVA holandesa — esa declaración está destinada al IVA que los proveedores holandeses facturan, no al IVA de un proveedor en Alemania, Francia o España.
Esa es precisamente la razón por la que ese IVA no vuelve automáticamente. La Administración tributaria holandesa no puede devolver el IVA que ha recaudado otro país, y la declaración holandesa ordinaria no tiene una casilla para el IVA extranjero. Para la devolución existe una ruta europea separada: una solicitud por país y por período, dirigida al país donde se pagó el IVA. Además, cada país determina por sí mismo qué kostensoorten califican para la devolución — lo que es recuperable en un país no es automáticamente en otro. Esto no es una cuestión de «incluirlo en la declaración ordinaria», sino de un proceso separado con formularios propios y evaluación propia por el país de devolución.
Fundamento: la Directiva 2008/9/CE regula la devolución
Esta separación entre IVA nacional e IVA extranjero, y el derecho a solicitar la devolución de ese IVA extranjero por separado, se deriva de la Directiva 2008/9/CE del Consejo sobre devolución del IVA a sujetos pasivos no establecidos. La Directiva establece que un empresario no establecido en el país donde se realizó el gasto puede solicitar la devolución del IVA pagado allí a través de una solicitud a su propia administración tributaria, que la transmite al país de devolución. La Administración tributaria describe esta ruta en la página sobre solicitud de devolución de IVA de otros países de la UE, incluido el procedimiento de portal digital correspondiente.
En qué se basa esto
- Directiva 2008/9/CE del Consejo (devolución del IVA a sujetos pasivos no establecidos)
- Administración Tributaria — Solicitud de devolución de IVA de otros Estados miembros de la UE
La Directiva 2008/9/CE está disponible en EUR-Lex y la lista de Requisitos la publica la Belastingdienst. Citamos por afirmación; no tiene que creer nuestra palabra.
Esto no es asesoramiento legal. Esta página ofrece información general sobre la normativa que cubre esta plataforma. No conocemos su situación. En caso de duda sobre su caso, consulte a un abogado o a la autoridad supervisora competente.
Escrito con IA sobre la base de las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-08-18. ¿Hay algo incorrecto? Déjenos saber — las correcciones tienen prioridad.